Opiniones y respuestas

Sobre la clarificación y la aplicación adecuada de las normas de venta y promoción de publicaciones oficiales de partidos políticos en las dependencias municipales

Las dependencias municipales son instalaciones públicas donde se prestan servicios administrativos a los residentes. Por ello, si en ellas se realizan de forma continuada actividades de promoción, entrega y cobro de publicaciones oficiales de un partido político determinado, me preocupa si las normas se están aplicando adecuadamente.
En primer lugar, quisiera que se comprobara si se están realizando actividades como la promoción directa entre los empleados por parte de concejales u otras personas, la entrega y el cobro durante el horario laboral o en las oficinas, y el acceso a los espacios de trabajo.

Asimismo, quisiera que se aclarara, a la luz del reglamento de gestión de las dependencias municipales y otras normas aplicables, qué actividades de venta y promoción están permitidas y cuáles no, incluidas las realizadas por partidos políticos y concejales.

¿Cuál es la situación actual en la ciudad de Inagi? He sabido que se ha aprobado una petición presentada ante el concejo municipal. ¿Podrían indicarme si se ha realizado una encuesta para conocer la situación real?

Respuesta

Tras la aprobación, en la primera sesión ordinaria del Concejo Municipal de 2026, de la «Petición para esclarecer sin demora la situación y prevenir la repetición de actividades de captación de suscriptores para publicaciones oficiales de partidos políticos en el edificio municipal» (petición n.º 2 de 2026), el Ayuntamiento llevó a cabo, entre abril y mayo de ese mismo año, una investigación sobre dichas actividades.
La investigación reveló que anteriormente se habían realizado actividades de captación dentro del edificio municipal, pero confirmó que no se han llevado a cabo desde 2019. Asimismo, actualmente no se han constatado actividades como la captación directa de empleados, la entrega y el cobro durante el horario laboral o en las oficinas, ni el acceso a los espacios de trabajo.
En cuanto a los criterios para autorizar actividades comerciales y de captación dentro del edificio municipal, el artículo 9 del Reglamento de Gestión del Edificio Municipal de Inagi establece: «El edificio municipal no podrá utilizarse para fines distintos de los previstos, salvo que las leyes u otras disposiciones establezcan lo contrario. No obstante, esta prohibición no se aplicará cuando se considere que dicho uso no obstaculiza la gestión del edificio y lo autorice la jefatura de la Sección de Gestión Patrimonial del Departamento de Asuntos Generales». Asimismo, el artículo 20-2, apartado 4, del Reglamento de Bienes Públicos de Inagi incluye entre los usos autorizables de los bienes administrativos «la explotación de comedores, tiendas y establecimientos similares para el bienestar del personal o para los usuarios de las instalaciones públicas». Por ello, dentro del edificio municipal solo se autorizan actividades comerciales destinadas a mejorar la comodidad de los visitantes o el bienestar del personal, como los comedores y las máquinas expendedoras.
Por este motivo, actualmente no se autorizan actividades comerciales ni de captación por parte de partidos políticos o concejales dentro de las dependencias municipales.

Categoría
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Departamento responsable
Departamento de Asuntos Generales: Sección de Asuntos Generales y Contratación y Sección de Gestión Patrimonial
Fecha de publicación
28 de octubre de 2026
Fecha de recepción
29 de septiembre de 2026
Número de gestión
P00000234

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