Sanciones por pago atrasado
ID de página 1002721 Fecha de actualización: 16 de diciembre de 2024
Para las personas que tienen impuestos atrasados, solicitamos el pago mediante cartas de cobro y notificaciones.
Sin embargo, si aún no puede pagar, para mantener la equidad con quienes pagan puntualmente y asegurar los importantes impuestos municipales, de acuerdo con la Ley de Impuestos Locales y la Ley de Recaudación de Impuestos Nacionales, será necesario embargar los bienes del moroso (bienes inmuebles, bienes muebles, automóviles, salarios, depósitos bancarios, etc.) y además subastar públicamente estos bienes para cubrir los impuestos atrasados y otros procesos relacionados con la morosidad.
Nota:Retención
Según la ley tributaria local, si no se realiza el pago completo dentro de los 10 días posteriores al envío del aviso de requerimiento, se debe embargar la propiedad del deudor.
La incautación debido a la morosidad en el pago de impuestos puede llevarse a cabo sin procedimientos judiciales, y puede ejecutarse sin previo aviso ni consentimiento del interesado.
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