Preguntas Frecuentes (Pensión Nacional)

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ID de página 1014269 Fecha de actualización 1 de octubre de 2024

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PreguntaPor favor, infórmeme sobre el sistema de exención de las cuotas de la Pensión Nacional durante el período de crianza.

Respuesta

Las personas que crían a un hijo (padres biológicos o adoptivos) pueden, mediante notificación, obtener la exención del pago de la Pensión Nacional hasta el mes anterior al cumpleaños en que el hijo cumple 1 año.

Personas elegibles

Desde el 1 de octubre de 2024, padres biológicos o adoptivos que crían a un hijo menor de 1 año y que son asegurados de la Pensión Nacional categoría 1.
Es necesario cumplir con todos los siguientes requisitos para criar al hijo (no hay requisitos de ingresos).

1. La relación de parentesco (padre-hijo) con el hijo debe continuar.
2. Debe compartir la misma dirección que el hijo.

Período de exención

En el caso de la madre biológica

En el caso de la madre biológica que tiene un período de exención prenatal y postnatal, la Pensión Nacional estará exenta durante 9 meses consecutivos después del período de exención prenatal y postnatal (solo a partir del 1 de octubre de 2026).
(Ejemplo) Si la fecha de nacimiento (prevista) del hijo es el 1 de mayo de 2027, el período de exención por cuidado infantil corresponde a los 9 meses desde agosto de 2027 hasta abril de 2028.
 

En el caso del padre biológico o padres adoptivos (incluyendo a la madre biológica que no tiene período de exención prenatal y postnatal)

Desde el mes al que pertenece el día en que se comenzó a cuidar al hijo hasta el mes anterior al cumpleaños en que cumple 1 año, se exime el pago de la prima de la Pensión Nacional por un máximo de 12 meses (limitado a partir del 1 de octubre de 2026).
(Ejemplo) Si la fecha de nacimiento del hijo es el 1 de mayo de 2027, el período de exención por cuidado infantil corresponde a los 12 meses desde mayo de 2027 hasta abril de 2028.

 

En caso de que se haya estado cuidando al hijo antes de la implementación del sistema (octubre de 2026) y el hijo tenga menos de 1 año en el momento de la implementación (en caso de la madre biológica)

De los 9 meses consecutivos al período de exención prenatal y postnatal (4 o 6 meses), las cuotas de la Pensión Nacional correspondientes a los meses a partir del 1 de octubre de 2023 estarán exentas.
(Ejemplo) Si la fecha de nacimiento del hijo es el 1 de enero de 2023, el período de exención por cuidado infantil corresponde a los 3 meses desde octubre hasta diciembre de 2023.

 

En el caso de que se haya estado criando al hijo antes de la implementación del sistema (octubre de 2023) y el niño tenga menos de 1 año en el momento de la implementación (en el caso del padre biológico o padres adoptivos)

Desde el 1 de octubre de 2023, el período hasta el mes anterior al cumpleaños en que el niño cumple 1 año corresponde a la exención por cuidado infantil.
(Ejemplo) Si la fecha de nacimiento del hijo es el 1 de enero de 2023, el período de exención por cuidado infantil corresponde a los 3 meses desde octubre hasta diciembre de 2023.

 

Tratamiento del período de exención por cuidado infantil

El período reconocido como exención por cuidado infantil se reflejará en el monto de la Pensión Básica por Vejez como si se hubieran pagado las primas.

Lugar de notificación

Ayuntamiento Sección de Seguros y Pensiones
Nota: Se puede realizar la solicitud de exención electrónicamente a través del My Portal.

Elementos necesarios para la notificación

  1. Documentos de identificación (Tarjeta My Number, licencia de conducir, etc.)
  2. Notificación del número de Pensión Básica o libreta de Pensión, etc.

Casos en los que no es necesaria la notificación

Las personas que hayan terminado el período de exención prenatal y postnatal (madre biológica) a partir de septiembre de 2026 y que continúen cuidando al niño, y cuyo cuidado haya sido confirmado por la Organización de Pensión de Japón, no necesitan realizar la notificación. A las personas que correspondan se les enviará un "Aviso de Elegibilidad para la Exención de la Prima de la Pensión Nacional por Cuidado Infantil" por parte de la Organización de Pensión de Japón después de que finalice el período de exención prenatal y postnatal.

Para más detalles, consulte la Página web de la Ciudad de Inagi.

Contacto

Sección de Seguros y Pensiones
Teléfono 042-378-2111
Extensión 142, 143
 

Código postal 183-8505
Dirección: 2-12, Fuchu-cho, Fuchu-shi
Teléfono 042-361-1011

Esta página está a cargo del Departamento de Asuntos Ciudadanos Sección de Seguros y Pensiones

〒206-8601 Ciudad de Inagi, Tokyo, Higashi-Naganuma 2111
Número de teléfono: 042-378-2111 Número de fax: 042-377-4781
Consulta a la Sección de Seguros y Pensiones del Departamento de Asuntos Ciudadanos de la Ciudad de Inagi

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