Medidas especiales del Impuesto sobre bienes inmuebles e impuesto de planificación urbana para terrenos de viviendas reconstruidas

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ID de página 1013338 Fecha de actualización 5 de diciembre de 2025

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En la fecha de imposición (1 de enero), para los terrenos que se utilizan como sitio para viviendas, se aplican medidas especiales para terrenos residenciales que reducen la carga fiscal. Si la vivienda es demolida para reconstrucción y se llega a la fecha de imposición antes de que la nueva vivienda esté terminada, no se aplicará la medida especial para terrenos residenciales, lo que resultará en un aumento de la carga fiscal. Sin embargo, si se cumplen los cinco requisitos siguientes, se puede aplicar la medida especial para terrenos residenciales solo por un año fiscal. Las personas que correspondan deben presentar el "Formulario de Declaración de Medida Especial para Reconstrucción" en la Sección de Impuestos, Departamento de Terrenos, antes del 31 de enero del año siguiente a la demolición de la vivienda existente. (Lo siguiente asume la aplicación de la medida especial para terrenos residenciales en el impuesto del año fiscal 2024, con fecha de imposición el 1 de enero de 2024.)

  1. Que el terreno en cuestión haya sido un terreno residencial en el año fiscal 2023 (fecha de imposición: 1 de enero de 2023).
  2. Que en dicho terreno se haya iniciado la construcción de una vivienda el 1 de enero de 2024, y que dicha vivienda se complete antes del 1 de enero de 2025.
  3. La reconstrucción de la vivienda debe realizarse en el mismo terreno que el que existía antes de la reconstrucción.
  4. El propietario del terreno al 1 de enero de 2023 y el propietario del terreno al 1 de enero de 2024 deben ser, en principio, la misma persona.
  5. El propietario de la vivienda al 1 de enero de 2023 y el propietario de la vivienda al 1 de enero de 2024 deben ser, en principio, la misma persona.

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